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Cláusulas de deuda resistentes al cambio climático

Las Cláusulas de Deuda Resiliente al Clima (CRDC, por sus siglas en inglés) proporcionan un mecanismo ex ante de aplazamiento de la deuda soberana que puede activarse en caso de un desastre natural predefinido que provoque grandes pérdidas financieras. En concreto, las CRDC prevén el aplazamiento de los reembolsos de la deuda de un país durante un periodo acordado previamente en caso de una grave perturbación climática o una catástrofe natural con el fin de (i) evitar el impago de un país que ya se encuentra en crisis y (ii) preservar la tan necesaria liquidez de divisas para apoyar la ayuda en caso de catástrofe. Esta página web reúne recursos tanto para acreedores como para prestatarios con el fin de ayudar a comprender mejor los CRDC. También es la página de acceso a la labor y los recursos del Grupo de Trabajo Técnico sobre la CRDC.  

El Grupo de Trabajo sobre la CRDC es un grupo de múltiples partes interesadas compuesto por representantes de los Tesoros Públicos del G7, los BMD, los OGD prestatarios y expertos técnicos. Se puso en marcha en marzo de 2024 y se reúne mensualmente para diseñar desencadenantes viables y fomentar la comprensión en torno a las CRDC, con vistas a redactar un lenguaje contractual estándar fácilmente accesible para los emisores soberanos que deseen hacer uso de estas cláusulas en sus acuerdos de financiación, incluso con el sector privado.

Este esfuerzo retoma el trabajo de la ICMA (en colaboración con el personal del FMI, Canadá y Clifford Chance), que dio lugar a la hoja de términos indicativos de la Cláusula Huracán disponible en el sitio web de la ICMA, y que continuó bajo el liderazgo de la última Presidencia británica del G7, incluso a través del Grupo de Trabajo del Sector Privado (PSWG) en 2021. El resumen del Presidente sobre el trabajo del PSWG está disponible en el sitio web de la ICMA.

El Centro de Deuda Soberana Vinculada a la Sostenibilidad actúa como secretaría del Grupo de Trabajo de la CRDC, y Clifford Chance (Deborah Zandstra y James Kelton) presta apoyo jurídico a la iniciativa, que cuenta con el respaldo de la Children's Investment Fund Foundation.

Reunión 1: Lanzamiento del grupo de trabajo CRDC:

El GT se puso en marcha con la presentación por parte de Clifford Chance de un balance de los avances del Grupo de Trabajo del Sector Privado sobre el CRDC, en el que los distintos miembros interesados compartieron sus conocimientos y experiencias, y establecieron la gobernanza y los objetivos de futuras convocatorias.

Reunión 2: La perspectiva del sector privado

Swiss Re Capital Markets explicó su enfoque y sus productos en el ámbito del riesgo de catástrofes naturales y los bonos de catástrofes.

Reunión 3: La perspectiva de un BMD: Banco de Desarrollo del Caribe (CDB)

El Banco de Desarrollo del Caribe (CDB) compartió su experiencia y consideraciones sobre la transformación del CDB en el primer Banco de Desarrollo que absorbe los choques climáticos.

Reunión 4: La perspectiva de un BMD: Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

El BID presentó al grupo su enfoque y su menú de productos, que ofrece a los gobiernos opciones para hacer frente a los fenómenos y desastres climáticos.

Reunión 5: Un punto de vista experto sobre el proceso de diseño de desencadenantes

La presentación del Centro para la Protección en caso de Catástrofe (CDP) se centró en el proceso de diseño de los desencadenantes y en los aspectos prácticos de dichos desencadenantes.

Reunión 6: El punto de vista de un inversor

La intervención de Western Asset Management describió los retos y oportunidades de las cláusulas CRDC para los inversores institucionales.

Reunión 7: Activación por Granada de la cláusula sísmica y Resolución de la ABA (American Bar Association) para el tratamiento de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (PEID).

Debido a la reciente activación de la Cláusula Sísmica de Granada, los miembros del GT comentan el proceso y los avances en la aplicación de la cláusula.

Presentación de la Resolución de la ABA (24 de agosto) sobre la suspensión de las obligaciones de deuda externa con 3 PEID y en apoyo a la Iniciativa de Bridgetown para favorecer subvenciones o financiación en condiciones favorables para la resiliencia y adaptación de los PEID.

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